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a. La persona natural sigue siendo la misma, simplemente adquiere la calidad de comerciante por desarrollar en forma profesional una actividad mercantil. La persona jurídica, una vez constituida, forma una persona diferente de las individuales que la conforman. b. La persona natural actúa siempre con su nombre personal, aunque puede utilizar un nombre diferente al registrar el establecimiento de comercio. Como la persona jurídica es un ente diferente de los socios, tiene su propio nombre y debe actuar como tal, sin necesidad de identificar a las personas que la conforman. c. La persona natural actúa por sí misma, mientras que la persona jurídica debe actuar a través de su representante legal para contraer obligaciones, así como para ejecutar los actos propios de los empresarios. d. La persona natural se identifica con su número de cédula y la DIAN le asigna un NIT, que es el mismo número de cédula con un dígito adicional; la persona jurídica se identifica con el certificado de existencia y representación legal, y el NIT que le fije la DIAN.
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ARTICULO 643.
el propietario y los socios trabajadores de la empresa pueden acceder a beneficios sociales y seguros. Desventajas de una Persona Jurídica A continuación las principales desventajas de una empresa constituida como Persona Jurídica: mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos (los cuales incluyen elaborar una minuta de constitución y hacer un inventario de los bienes aportados). requiere de una mayor inversión para su constitución. se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables. la propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios). presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa. presenta una mayor dificultad para cerrarse (liquidarse y disolverse) o venderse. Diferencias entre Persona Natural y Persona Jurídica La principal diferencia que existe entre una empresa constituida como Persona Natural y una constituida como Persona Jurídica es que en el primer caso el dueño asume a título personal todas las obligaciones de la empresa; mientras que en el segundo caso es la empresa (y no el dueño o los dueños) la que asume sus propias obligaciones.
ARTICULO 649.
No somos nosotros, el ser humano, las únicas personas en la faz de la tierra. Quizá sí las únicas de carne y hueso. Pero la figura de la persona jurídica atraviesa cualquier tejido. Si hace más de un siglo a las empresas de EEUU se les adjudicó derechos que hasta el momento solo estaban adheridos al ser humano, ¿qué impide que no se les adjudique a una Inteligencia Artificial? No hace falta remontarse tan atrás en el tiempo para toparse con un tema que a día de hoy es bastante discutido. La tendencia del hombre a proteger todo lo que le pertenece lo ha puesto fácil. A finales del siglo XIX, los EEUU cambiaban un par de leyes para dotar a sus empresas y grandes corporaciones de los derechos de libertad de expresión y religión. De hecho, su Corte Suprema ha elaborado sentencias en las que acabó protegiendo los derechos de diferentes empresas. Pero no nos hemos quedado ahí. Para proteger la naturaleza también se han cambiado, o mejor dicho, creado nuevas leyes. En concreto, en Nueva Zelanda, como cuenta Chip Colwell en un artículo de The Conversation.